Abogado de Robos y Hurtos en Madrid

Delito por robos y hurtos

La principal diferencia entre los delitos de hurto y robo es la cuantía de lo sustraído y si, durante el acto, ha existido fuerza en las cosas, violencia o intimidación en las personas.

Penas por hurtos

Los hurtos se castigan con penas de prisión de 6 a 18 meses si el valor de lo sustraido supera los 400 euros, de acuerdo con el artículo 234.1 del Código Penal.

En el caso en que no se supere dicha cantidad, estaríamos ante un delito leve de hurto, por lo que la pena sería de multa de 1 a 3 meses

De la misma forma, la pena será de 1 a 3 años de prisión cuando el hurto esté relacionado con algunos supuestos de mayor gravedad recogidos en el artículo 235 del Código Penal. Estos incluyen la sustracción de objetos de valor artístico, histórico o cultural, cosas de primera necesidad causando una situación de desabastecimiento, cuando se ponga en grave situación económica a la víctima o si se utiliza a menores de dieciséis años para cometer el delito, entre otros.

Penas por robo

Los robos pueden ser con fuerza, con violencia o con intimidación. Las penas aplicadas en cada caso serán diferentes:

  • Los robos con fuerza consisten en emplear “fuerza” o violentar sobre las cosas para acceder al lugar en el que se encuentran custodiadas las cosas y sustraerlas. Estos delitos se castigan con penas de 1 a 3 años de prisión, aunque éstas pueden ascender a 2 a 5 años si se da alguno de los supuestos de mayor gravedad mencionados antes o si se comete en una casa habitada.
  • Los robos con violencia o intimidación se cometen, como su propio nombre indica, al emplear violencia o intimidación sobre las personas para apoderarse de un bien. Se castigan con penas de 2 a 5 años, que ascienden a 3 años y 6 meses a 5 años si la violencia o intimidación se cometen en una casa habitada. De la misma forma, la pena puede reducirse a 1 a 2 años de prisión si se aplica un grado de violencia o intimidación escasa.

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