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Desde Català Reinón Abogados, siempre que explicamos a nuestros clientes el funcionamiento de los principales ejes del procedimiento penal, empezamos por resolver la siguiente pregunta: ¿en qué fases se divide el procedimiento penal en el Derecho español? Y la respuesta es la siguiente: en dos. La fase de instrucción y la fase de enjuiciamiento.
Además, el citado órgano necesariamente deberá ser distinto de aquel que en su día tramitó la instrucción. Esto último, ¿a qué se debe? Al empeño de nuestro ordenamiento jurídico por garantizar la imparcialidad y la objetividad.
En esa misma línea han sido dictadas las diferentes leyes, cuyo gran objetivo pivota sobre la idea de que en ningún caso el órgano decisor ha de verse contaminado por las circunstancias de la investigación.
Existen varios tipos de procedimientos penales dependiendo de la gravedad y del tipo de delito. Entre los principales nos encontrariamos el procedimiento abreviado o juicio rapido entre otros.
Un procedimiento abreviado entraría dentro de un procedimiento penal. Este tipo de procedimiento solamente sería instaurado si se tratara de un delito penal de menos de 10 años.
En el periodo de instrucción se realizarán todas las investigaciones que sean necesarias para la obtención de pruebas del delito. En esta fase intervendrán a parte del juez de instrucción que es totalmente necesario, la policía judicial y el ministerio fiscal, especialmente en aquellos casos en los que se necesitan datos suficientes para la acusación.
El juicio rápido, como su nombre indica se encarga de agilizar aquellos juicios que no requieran de una investigación previa ya que la policía habrá encontrado al presunto delincuente en el acto del delito.
Otro de los puntos que debe cumplirse es que la pena de carcel no sea superior a los 10 años.
Sin embargo, no todos los delitos pueden llevarse a cabo mediante un juicio rápido. Algunos de los delitos permitidos serían lesiones, coacciones o amenazas a personas cercanas, robos y hurtos, daños o delitos contra la salud pública.
Sí que existen procedimientos, como el juicio de delitos leves, en los que excepcionalmente, debido a su simplicidad y menor importancia, se trata de dotar de agilidad el servicio prestado por la Administración de Justicia. Además, ha de saber que en los juicios de delitos leves la fase de instrucción como tal, no existe, siendo practicadas las oportunas diligencias ante el mismo órgano que posteriormente enjuiciará el asunto.
Nuestros abogados penalistas en Madrid, se encargarán de intervenir en el procedimiento penal siempre cuando sea necesario en la defensa de nuestro cliente.