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El delito de detención ilegal consiste encerrar o detener a otro privándolo de su libertad.
Es un delito de acción, sin embargo, es susceptible de ser cometido por omisión en los casos en lo que aquellos que conocen una situación tal no realizan ninguna acción para poner en libertad a la víctima.
Se trata de un delito de carácter permanente ya que la situación ilícita se prolonga hasta que el encierro o detención no cesa.
De este modo, el delito se consuma en el mismo instante en el que el sujeto activo encierra o detiene a otra persona, aunque sea de forma momentánea. El plazo de prescripción de este delito empezará a contar desde el momento en que termina la situación ilícita de privación de la libertad.
Para poder dilucidar cuando se está ante una detención ilegal hay que tener en cuenta lo establecido en la Ley de Enjuiciamiento Criminal sobre los supuestos en los cuales, por un lado, la Autoridad o los agentes de la Policía judicial tienen la obligación de detener y, por otro lado, aquellos en los que los particulares pueden efectuar una detención. Además, es necesario que en estos casos se cumplan las formalidades y requisitos.